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domingo, 12 de agosto de 2012

El reconocimiento facial de Facebook preocupa a las autoridades noruegas

Aplicaciones de reconocimiento facial y autoetiquetadoLa compañía de Mark Zuckerberg está siendo investigada en Noruega. Las autoridades de ese país (la Norwegian Data Protection Authority, Autoridad de Protección de Datos de Noruega) se encuentra estudiando la programación del sistema de reconocimiento facial de Facebook. La razón: Una posible amenaza a la seguridad de los ciudadanos.

De acuerdo con el organismo, los usuarios podrían ser monitoreados por la mencionada red social, lo cual sería una grave violación a la privacidad según las leyes noruegas.

En declaraciones del comisionado de protección de datos Bjørn Erik Thon a Bloomberg esta aplicación —activa desde 2011— es muy potente y no está claro cómo funciona.

La aplicación sugiere nombres de las personas para que los etiquetemos sobre los rostros que logra identificar en las fotografías. La compañía sostiene que las características son compatibles con la legislación de la Unión Europea y que los usuarios conocen su sistema y lo pueden desactivar.

Fuente: Clases de periodismo.

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miércoles, 9 de mayo de 2012

La red social Tuenti anuncia mejoras para la privacidad de sus usuarios

A partir de ahora la privacidad en Tuenti estará configurada por defecto al máximo y con independencia de la edad del usuario, y la interfaz relativa a esta configuración será simplificada.

TuentiLa red social Tuenti anunció ayer que restringirá el grado en que sus usuarios comparten información dentro de la red y aumentará el grado de privacidad en los contenidos.

En pleno debate acerca de la privacidad online en Europa, la empresa española ha tomado la decisión de modificar la política de privacidad de su servicio de red social. Según afirman desde Tuenti, «la privacidad ha sido desde el principio uno de sus pilares básicos y un claro elemento diferenciador» con respecto a otras redes sociales.

¿En qué se plasman estas modificaciones? Ahora todos los usuarios de Tuenti tendrán activado por defecto el máximo nivel de privacidad y protección de sus datos personales, nivel que hasta ahora solo estaba activado por defecto para los menores de 18 años. Así, solo aquellas personas que el usuario haya aceptado como amigas podrán acceder a su información personal y podrán ponerse en contacto con él o descargar sus fotos.

Captura de una parte de la interfaz de privacidad de los perfiles de TuentiEsta medida se une a las ya clásicas en Tuenti, como la invisibilidad de los perfiles de usuario para los buscadores o la prohibición de registrar perfiles falsos. Al mismo tiempo Tuenti comunica que está incorporando los principios de Privacy by Design y Privacy by Default que se están considerando aplicar para la reforma legislativa europea actualmente a debate.

Óscar Casado, director jurídico y de privacidad de Tuenti explica que la empresa «parte de una premisa básica: la información es propiedad del usuario y por tanto, es el usuario el único con derecho a controlar la recogida, uso y revelación de cualquier información sobre sí mismo».

Estas nuevas medidas se están implementando desde ayer en los perfiles de Tuenti y se extenderán
progresivamente a todos los usuarios durante los próximos días, según han anunciado.

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Fuente: Tuenti

martes, 8 de mayo de 2012

Un estudio analiza los problemas para la privacidad en Facebook

Privacidad FacebookEs muy difícil seguir el ritmo de los cada vez más confusos cambios en Facebook, y bucear en el inmenso mar de opciones ocultas u ofuscadas se convierte a veces en una misión imposible. Con más de 900 millones de usuarios interconectados entre sí de una forma u otra, tener la configuración de privacidad correctamente te ayudará a mantenerte en contacto con tus amigos, familia y tus compañeros de trabajo sin el temor de que tu privacidad caiga en las manos equivocadas.

Para ayudarnos a consolidar nuestra privacidad y seguridad, Consumer Reports preguntó a Facebook, expertos en seguridad, abogados especialistas en privacidad, desarrolladores de aplicaciones y a víctimas de abusos de la privacidad, llegando a las siguientes conclusiones:

  • Algunas personas están compartiendo demasiado, en algunos casos, dando información valiosa para los ladrones informándoles sobre sus viajes, o incluso sugiriendo que están sufriendo de algun tipo de enfermedad al indicar que les gustan ciertos medicamentos.
  • Algunos usuarios no usan los controles de privacidad. Las opciones por defecto comparten gran parte de nuestra información y la mayoría de la gente ni siquiera sabe que estos ajustes se pueden modificar.
  • Facebook recoge más datos de los que te imaginas, no sólo lo que publicas y actualizas en el sitio web de Facebook.
  • Tus datos se comparten más allá de lo que te gustaría. Especialmente preocupante es el hecho de que tus amigos, utilizando aplicaciones de Facebook, pueden dar acceso a tus datos sin tu conocimiento.
  • Las protecciones legales son irregulares, especialmente en los Estados Unidos, en comparación con las leyes de privacidad europeas.



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Fuente: Consumer Reports.

sábado, 29 de octubre de 2011

Suplantar a alguien en una red social puede vulnerar derechos constitucionales

Aunque falsear un perfil en una red social puede constituir desde falsedad de documento público hasta un delito tipificado en el Código Penal, la Justicia no está actuando adecuadamente al respecto, según explica Carlos García-León en Expansión. Pero al menos por la vía de la AEPD se está actuando, como ya explicaba Ofelia Tejerina, de PantallasAmigas, hablando de otros problemas en la Red. Ahora la AEPD ha impuesto una multa de 2.000 euros a un usuario por suplantar la identidad de otra persona en la red Badoo. Según García-León los jueces españoles tampoco han creado jurisprudencia al respecto.

La AEPD recibió la denuncia de una particular en la que explicaba que venía recibiendo llamadas en su teléfono móvil relacionadas con un perfil supuestamente abierto por ella en la red social Badoo. En dicho perfil existían fotografías suyas, además de un texto solicitando relaciones sexuales con hombres y referencias a las supuestas preferencias sexuales de la denunciante.

Tras las investigaciones realizadas por la AEPD y la Guardia Civil se pudo identificar, a través de los ISP la dirección IP desde la que había sido creado el perfil, y que se correspondía con una cuenta telefónica perteneciente a la actual pareja de su ex-pareja.

La AEPD ha acordado imponer a la denunciada una sanción de 2.000 Euros, por una infracción grave del artículo 6 de la Ley Orgánica de Protección de Datos, referido al necesario consentimiento del afectado para el tratamiento de datos personales.

Pero, ¿en qué casos es delito suplantar la identidad en las redes sociales? En opinión del abogado Alejandro Touriño, podríamos hablar de tres supuestos:

  1. Si la conducta consiste simplemente en registrar un perfil falso sin utilizar los datos ni la fotografía de nadie en concreto, la acción no tiene repercusión desde el punto de vista jurídico, más allá del probable incumplimiento de los términos de uso de la red social.


  2. Si el perfil utiliza nuestra fotografía o nuestros datos, se estaría produciendo, en primer lugar un ilícito civil, por vulneración del derecho a la propia imagen reconocido por el artículo 18 de la Constitución Española.


  3. El anterior comportamiento supondría además un delito de usurpación de identidad o estado civil, previsto por el artículo 401 del Código Penal.



Fuente: Expansión

lunes, 10 de octubre de 2011

Los problemas del etiquetado en las redes sociales

(Artículo de Jorge Flores , director de PantallasAmigas.)

Cada vez es más sencillo y común subir imágenes a Internet. En el contexto de las redes sociales existe además la posibilidad de poner etiquetas, esto es, relacionar a personas son esas fotografías. ¿Nos hemos parado a pensar qué implicaciones puede tener esta función?

Fotografías, etiquetas y privacidad


Publicar una imagen en una red social es una acción casi cotidiana para los y las adolescentes y, en muchas ocasiones, esas fotografías se completan con etiquetas. Si subir una foto a Internet puede ser en ciertas ocasiones un atentado contra la privacidad de personas implicadas en esa instantánea ¿qué efectos puede causar el empleo de etiquetas? Veámoslo, salvando las diferencias de funcionamiento entre las distintas redes sociales, los condicionantes de configuración de privacidad de las mismas y sin pecar de exceso de detalle.

De manera sencilla, podemos decir que una etiqueta en una fotografía es una marca que relaciona esa imagen, y en particular un área rectangular de la misma, con una determinada persona. La marca se asocia, por lo general, a la zona de la fotografía donde aparece esa persona.

¿Qué ocurre cuando te etiquetan? Son dos los efectos:


  • Efecto de asociación: Si te etiquetan, te están relacionando con esa fotografía y, en particular, con un área de esa fotografía que por lo general es la zona en la que apareces. No obstante, no hay manera de asegurar esta correspondencia ya que la red social permite marcar una zona gráfica, un conjunto de pixels, que no es capaz de interpretar.

  • Efecto de difusión: Si te etiquetan, los “amigos” de tu Red Social serán avisados de que has sido etiquetado en una nueva fotografía y que para verla les basta un simple click. Tan fuerte es el efecto llamada y difusor de esta funcionalidad ligada a las imágenes que ofrecen las redes sociales que incluso los usuarios la usan para otros fines, a modo de aviso, sin atender a su original misión que es identificar a una personas en una imagen.



En definitiva, ello supone que otras personas van a tener un aviso de que tú estás relacionado con una imagen y podrían verla incluso antes de que tú supieras que esa imagen está publicada. Si tienes suerte, sabes que esa foto existe y estás implicado en la misma e incluso puedes presuponer que alguien la puede haber subido online, sea esto o no de tu agrado. Sin embargo, la etiqueta es una llamada de atención, un altavoz para la labor de pregonero de tu vida que realizan los demás y las redes sociales. De pronto, muchos “amigos” tuyos saben que pueden ver un fotograma de tu película vital.

Protección de datos personales e imágenes online.



Tu imagen es un dato personal tuyo y, como tal, la legislación sobre protección de datos personales te otorga (excepción para menores de 14 años e incapaces) la potestad de decidir sobre el uso que se hace del mismo. Además, cabe mencionar que existen datos dotados de especial protección que, por ejemplo, están relacionados con la religión, la salud o la orientación sexual.

¿Hasta qué punto es legal que una persona suba una imagen a Internet en la que puedes ser reconocido sin tu permiso? En principio, es tu dato personal, si bien existen muchas matizaciones respecto al tipo de imagen, el contexto… que no abordaremos ahora. Si tuvieras menos de 14 años o fueras incapaz, el asunto sería aún más delicado. De todo esto, podemos concluir que las imágenes online representan un reto legal.

Las etiquetas: de una imagen desapercibida a un dato personal.



No obstante, al margen de lo anterior, hay que analizar la afección de la privacidad y, en este caso, la sobreabundancia de imágenes online actúa como factor de protección: una aguja en un pajar, podría decirse. Aquí es donde las etiquetas cumplen su función y donde de forma efectiva, por tanto, destacan la presencia de esa imagen que podía haber pasado desapercibida, precisamente entre aquellas personas relacionadas contigo en la Red Social. Es ahí, en el plano cercano de tus relaciones online, cuando el dato personal se puede volver incluso más sensible y adquiere mayor alcance por el poder multiplicador del contexto de las redes. Etiquetar una fotografía supone agregar un mayor carácter de dato personal y mayor visibilidad.

Los problemas de las etiquetas



En el plano práctico, al margen de lo relacionado con la legislación de datos personales, podemos identificar escenarios concretos donde las etiquetas causan problemas de privacidad que, en muchas ocasiones, son origen y/o consecuencia de una mala convivencia digital. De igual manera, cabe señalar que estos problemas pueden ser causados de manera accidental o bien de forma intencionada.

Problemas que pueden darse tanto sin mala intención como intencionadamente:


  1. Etiquetado en un contexto inoportuno por la actitud, el lugar, el momento, la compañía…

  2. Etiquetado revelando el aspecto físico de alguien representado en la red social sin imagen o mediante un avatar.



Problemas que pueden generarse con mala intención:


  1. Insultos, ofensas públicas y amenazas, por ejemplo, relacionando a la persona etiquetada con una foto lesiva de su imagen o amenazante.

  2. Engaño para que la imagen implicada, que puede ser hiriente o desagradable, sea vista por la persona etiquetada, atendiendo a la notificación de que una etiqueta le afecta.



Algunos recursos para la prevención



La privacidad en las redes sociales y el etiquetado inadecuado en particular son retos que preocupan desde hace tiempo a PantallasAmigas ya que constituyen además un factor de riesgo para otros problemas como el grooming o el ciberbullying. Es por ello que hemos promovido muy diversos recursos educativos relacionados con en esta temática.

La “Netiqueta Joven para Redes Sociales” (septiembre 2010) presentada en la página http://www.netiquetate.com hace un intenso énfasis en la cuestión de las etiquetas.

Un recurso complementario es el vídeo “¿Tienes privacidad de verdad en las redes sociales?” (mayo 2010) publicado en nuestro canal de YouTube.



En el caso de http://www.redayneto.com (febrero 2010) buscamos con la Agencia Vasca de Protección de Datos la promoción de la cultura de la privacidad y la protección de datos personales desde edades tempranas, desde los 7 años.

Por último, las iniciativas http://www.cuidatuimagenonline.com (octubre 2010) y http://www.cuidadoconlawebcam.com (junio 2010) contribuyen a este logro en la adolescencia.



Fuente: JorgeFloresFernandez.com.

jueves, 19 de mayo de 2011

Los menores que se burlan de sus profesores en las redes sociales pueden incurrir en un delito

Cada vez son más comunes los casos de docentes cuya imagen circula por Internet, acompañada de comentarios en las redes sociales online. A veces la víctima desconoce que la burla, la injuria y la calumnia se prolongan durante meses. «Estamos indefensos», se queja un psicólogo del sindicato ANPE.

Según datos de este sindicato de profesores este tipo de denuncias recibidas por el Defensor del Docente por ciberacoso se han multiplicado por tres. Todo suele empezar con una fotografía tomada a escondidas durante la clase que acaba publicada en una red social de Internet, a veces con montaje fotográfico añadido. Este hecho puede ser constitutivo de un delito contra el derecho al honor por el cual el docente podría acudir a los tribunales, y además clara causa de expulsión si acudiese a las normas de régimen interno del centro.

Suele suceder que cuando la víctima quiere tomar cartas en el asunto, el supuesto culpable ha eliminado dichas imágenes y con ello las pruebas desaparecen. Si el profesor o profesora afectado se ocupa de guardar pruebas del acoso (como recomienda el decálogo para víctimas de ciberbullying de PantallasAmigas), la cosa cambia bastante y la denuncia puede prosperar con mucha más facilidad.

Fuente: La Verdad

miércoles, 27 de abril de 2011

El anunciado nuevo botón para recomendar páginas de Facebook... ¿es legal?

Recientemente leíamos que Facebook ha estrenado una nueva aplicación para extender su actividad en otros webs, al estilo del popular botón "Me gusta", pero pensado para que los usuarios de esta conocida red social online puedan recomendar webs a sus contactos:

Según informa la red social en Facebook Developers, el botón 'Enviar' es un 'pluggin' que los sitios web pueden utilizar para que los usuarios envíen un enlace a través de mensajes privados tanto a grupos de amigos de la red social como a usuarios individuales o envíen un correo electrónico, todo ello a través de un solo click. Si el destinatario es otro usuario de la red social, la recomendación llega con formato enriquecido. En caso contrario, simplemente aparece el mensaje y la URL en cuestión.


Al parecer en Facebook nuevamente pasan por alto a las autoridades españolas, que ya hace tiempo rechazaron este tipo de prácticas por ser contrarias a nuestra legislación, en concreto a la LOPD y la LISI. El problema es que el responsable legal de esta infracción, podría ser el web que pone el botón, y no Facebook, quien solamente proporcionaría la herramienta. Un nuevo problema que sumar a los provocados por las actividades de esta polémica empresa, que veremos cómo es abordado por la Agencia Española de Protección de Datos.

Fuentes: Europa Press y Error500

viernes, 18 de marzo de 2011

La UE vigilará más estrechamente los webs de redes sociales y de fotos en Internet

Viviane RedingEn un paso más en el proceso iniciado hace unos meses la vicepresidenta de la Comisión Europea y responsable de Justicia, Viviane Reding, ha anunciado este miércoles que antes del verano presentará una propuesta legislativa para aumentar la protección del derecho a la cancelación de los datos personales en las redes sociales online. El objetivo de esta iniciativa es que empresas como Facebook borren efectiva y completamente los datos personales o fotos cuando un usuario o usuaria se dé de baja en el servicio, algo que en la actualidad no hacen pese a existir legislación en varios países que obliga a ello, como la LOPD en España.

Un reconocimiento expreso de este derecho se incluirá en la reforma de las normas de protección de datos en el ámbito de la UE con el fin de adaptarlas a los cambios provocados por las NTIC y afrontar mejor los riesgos para la privacidad en Internet.

"Las personas deben tener el derecho de retirar su consentimiento al procesamiento de datos", ha explicado Reding en un discurso.

La modificación exigirá por ejemplo que la configuración de redes sociales online garantice la privacidad por omisión, de forma que los datos de los usuarios no puedan procesarse salvo si dan su permiso expreso para ello y evitaría entre otras cosas la recogida de datos a través de aplicaciones de software de terceros. También se hará recaer la carga de la prueba en las empresas, acerca de por qué es necesario almacenar un determinado dato personal, algo que deberán demostrar.

La UE exigirá mayor transparencia a las empresas gestoras de estas comunidades virtuales, que estarán obligadas no sólo a informar a los usuarios sobre los datos que van a recoger, con qué objetivos y cómo pueden ser usados por terceras partes (como ya especifica la legislación actual) sino también a comunicar a los usuarios cuáles son los riesgos para que no pierdan el control sobre su información personal. La vicepresidente ha remarcado que "esto es particularmente importante para los internautas más jóvenes". En este sentido también se exigirá que se deje claro para los niños qué consecuencias tiene el registrarse en una red social, explicando en términos claros y fáciles de encontrar toda la información sobre el tratamiento de datos personales.

También incidirá la Comisión en la obligación de las empresas que procesen datos de ciudadanos de la UE pero tengan su sede legal fuera, a cumplir estas reglas. Para ello se dotará de poderes a las agencias de protección de datos de cada país de la Unión, para cooperar más efectivamente entre sí y para perseguir legalmente a las empresas extranjeras que adecúen su actividad a esta nueva legislación.

Por último, la comisaria de Justicia ha mencionado que se incorporarán a esta reforma medidas para ajustar la recopilación y almacenamiento masivos de datos por parte de la policía —p.ej. los correos electrónicos de ciudadanos— al derecho a la privacidad, pero sin entrar en detalles. Ha hablado tan sólo de la necesidad de realizar "limitaciones de derechos de manera proporcionada".

Aunque la Comisión lo ha denominado una proyecto proactivo, es evidente que se ha producido como reacción antes las numerosas quejas y problemas jurídicos que se han venido produciendo en los últimos años, sobre todo vinculados con empresas estadounidenses como Google (cuyo problemático servicio Street View de Google Maps ha sido mencionado implícitamente en el discurso de Reding) y Facebook. Es precisamente el ámbito de las redes sociales, de explosivo crecimiento en la actualidad, una de las preocupaciones principales de la iniciativa PantallasAmigas, especialmente en lo que afecta a niños y adolescentes. Una muestra de las acciones de concienciación realizadas es el vídeo de animación ¿Tienes vida privada de verdad en las redes sociales? donde más allá de los problemas derivados de nuestra relación como usuarios con los gestores de estas comunidades virtuales, se incide en los problemas derivados de un uso descuidado de la privacidad ajena por parte de nuestros contactos en dichas redes.



Fuente: Europa Press y elaboración propia.

NOTA del editor: Aunque en la noticia original y en numerosos medios se está denominando "derecho al olvido" el trasfondo de esta cuestión, nos parece más correcto denominarlo como se hace en la legislación actual española: "derecho a la cancelación de los datos personales". El concepto de derecho al olvido tiene más que ver con el derecho a que se olviden los delitos cometidos por una persona al cabo de un tiempo, y como tal figura en algunas legislaciones. Por ampliación, se venía hablando del derecho al olvido en Internet, aplicándolo a las menciones del nombre de una persona asociado a la comisión o la presunta comisión de delitos u otras cuestiones que afectasen a su honor. Claramente, de lo que se habla ahora en la UE es otra cuestión: que cedemos los datos a unas empresas libremente y posteriormente queremos tener el derecho a retirar esa cesión. Es por ello que hemos preferido la denominación de "cancelación de datos" para no mezclarlo con los casos delictivos o periodísticos, en los cuales se sobreentiende que se difunden con connotaciones nombres u otros datos personales, siempre con connotaciones negativas y sin recabar en ningún momento el consentimiento de la persona afectada.

miércoles, 29 de diciembre de 2010

Si acceden sin permiso a tu perfil en una red social están cometiendo un delito

El 23 de diciembre entró en vigor la enésima reforma del Código Penal español. En él se incluyen algunas variaciones importantes relativas a los ciberdelitos. Analizamos algunas de ellas:

Modificaciones penales sobre ciberdelitos




  • Será delito "borrar, dañar, deteriorar, alterar, suprimir o hacer inaccesibles datos o programas informáticos ajenos y el acceso sin autorización a datos o programas contenidos en un sistema informático" y también "obstaculizar o interrumpir el funcionamiento de un sistema informático ajeno" (por ejemplo un sitio web).

  • Así mismo se castiga "Descubrir y revelar secretos: acceso sin autorización vulnerando las medidas de seguridad a datos o programas informáticos contenidos en un sistema o en parte de él." En este delito podría incurrir por ejemplo quien accediese a la cuenta de una red social online de otra persona sin permiso, o quien robase sus fotos de sexting, con intenciones de realizar bullying, acoso o sextorsión, por poner algunos casos.

  • El artículo 183 bis tipifica como delito el grooming cuando se intenta llevar a un encuentro físico. Esta nueva figura delictiva pretende sancionar la conducta de quienes por medios telemáticos (Internet o móviles) contacten con menores de 13 años (edad de consentimiento sexual legal en España) para encuentros con fines sexuales:

    «El que a través de Internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación contacte con un menor de trece años y proponga concertar un encuentro con el mismo a fin de cometer cualquiera de los delitos descritos en los artículos 178 [atentar contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación] a 183 [atentar contra la indemnidad sexual de un menor de trece años] y 189 [captar o utilizar a menores de edad o a incapaces con fines o en espectáculos exhibicionistas o pornográficos, tanto públicos como privados, o para elaborar cualquier clase de material pornográfico], siempre que tal propuesta se acompañe de actos materiales encaminados al acercamiento, será castigado con la pena de uno a tres años de prisión o multa de doce a veinticuatro meses, sin perjuicio de las penas correspondientes a los delitos en su caso cometidos. Las penas se impondrán en su mitad superior cuando el acercamiento se obtenga mediante coacción, intimidación o engaño».




  • El sexting entre menores podría quedar recogido en dicho artículo 189, sobre la elaboración de material pornográfico o exhibicionista. Dicho artículo establece penas de prisión también para la posesión y difusión:

    El que produjere, vendiere, distribuyere, exhibiere, ofreciere o facilitare la producción, venta, difusión o exhibición por cualquier medio de material pornográfico en cuya elaboración hayan sido utilizados menores de edad o incapaces, o lo poseyere para estos fines, aunque el material tuviere su origen en el extranjero o fuere desconocido.




  • Se tipifica como delito la captación de niños para participar en espectáculos pornográficos y la responsabilidad de quien se lucra. Esto podría incluir los casos en que se fuerza o convence (con pago o no) a menores para producir autopornografía con sus webcams o teléfonos móviles.



Críticas a la reforma



Alguna de estas reformas ha sido criticada en ámbitos online, por las siguientes razones:

  • Convertirían en delito algunas prácticas comunes del hacktivismo, como los ataques DDoS, en cumplimiento de una Directiva europea.

  • El definir como delito la obstaculización de un sistema informático es tan vago que podría dar pie a criminalizar muchas formas de protesta online masiva, como el envío masivo de correos electrónicos o la simple visita simultánea a un web.

  • Incluso podrían cometerse delitos de forma totalmente involuntaria, al obstaculizarse por parte de los visitantes el funcionamiento de un web cuyos recursos para la respuesta no estuvieran convenientemente dimensionados, o al interrumplir un proveedor de servicios online el funcionamiento por causas técnicas. También las personas cuyo ordenador haya sido infectado y formen parte de una botnet implicada en un ataque DDoS podrían estar cometiendo un delito, según la nueva formulación del Código Penal.

  • Se critica también que no se refleje la proporcionalidad entre los daños presuntamente causados por una interrupción de protesta de un web, con los que causaría el bloqueo de una carretera o el acceso a un establecimiento público.

  • Se considera de díficil aplicación práctica por la cantidad de ataques en grado de tentativa que realizan habitualmente los robots de los crackers cada pocos minutos en la mayoría de webs.



PantallasAmigas y los delitos online



Guía e-legales para la gente 'legal' de InternetPantallasAmigas, dentro de su objetivo de promover una ciberciudadanía responsable con especial atención a la infancia y a la adolescencia, ofrece en su Guía e-Legales pautas para saberse manejar en los temas legales en Internet: cuándo están cometiendo un delito contra nosotros, cuándo nuestras acciones traspasan el límite de lo legal, etc.

La guía, dirigida a adolescentes, madres, padres y docentes, se estructura en seis apartados:


  • Infracciones legales frecuentes en la Red

  • Acciones ilegales contra las personas

  • Acciones ilegales contra el patrimonio

  • Diez casos prácticos para analizar

  • Para tener muy en cuenta.

  • Falsas creencias que se oyen en los juzgados de menores

  • La Ley se aplica siempre… también a los menores y en Internet

  • Algunas nociones básicas




Fuentes: Barrapunto, La Vanguardia y La Moncloa.

lunes, 27 de diciembre de 2010

La indefensión de los usuarios de Facebook denunciada por FACUA y la Asoc. de Internautas

Logo Anti-facebookUsuarios de Facebook denuncian que la compañía les ha eliminado sus cuentas por razones poco claras. Según los expertos, la conocida red social online decide qué es justo o ético sin ajustarse a las leyes. Si te expulsan, "jamás sabremos si venden tu material o crean una biblioteca con él". Tras la clausura de un perfil, el usuario pierde todo lo que en él alojaba.

FacebookManuel Tapial, activista propalestino conocido por ser miembro de la expedición de la 'Flotilla de la Libertad' que fue atacada por Israel cuando viajaba rumbo a Gaza con ayuda humanitaria, intentó por última vez entrar a su perfil de Facebook el pasado día 21 de noviembre. Un aviso le negó el acceso, explicándole que le habían deshabilitado la cuenta, pese a que él asegura que no tenía publicado nada que infringiese las indicaciones. "Me leí bien las condiciones, por lo que puedo afirmar que no contravine ninguna tranquilamente",asegura Tapial, quien no obstante "sospechaba que esto pudiese ocurrir,por mis contenidos solidarios y comprometidos".

Facebook login pageFacebook realiza la eliminación de cuentas y contenidos motivado siempre por la denuncia de otro usuario, de forma que todo propietario de un perfil tiene capacidad 'censuradora'. Tapial, por ejemplo, cree que grupos pro israelíes organizados en la Red pueden estar detrás de la clausura de su cuenta, cosa que jamás podrá ser demostrada, porque las denuncias en Facebook son anónimas. Por su parte, el departamento de comunicación de Facebook España asegura que todas las cuentas denunciadas se analizan antes de decidir si deben eliminarse.

El caso de Manuel Tapial no es el único. Elena Miralles fue otra usuaria expulsada de Facebook cuyo único error, según pudo saber después de que se le negase el acceso a su perfil, era haberse cambiado el nombre por 'Jelen', un apodo usado por amigos y familiares que es motivo de expulsión para Facebook. Guillermo Hernáinz no ha conseguido que nadie desde la red social le explique por qué le han clausurado su perfil en tres ocasiones, aunque sospecha que se debe a haber publicado "la imagen de la portada de la revista en la que trabajaba, erótica". También se clausuraron, sin explicación y hasta en once ocasiones, cualquier intento de promoción de la 'besada homosexual' convocada en Barcelona con motivo de la visita del Papa, el pasado 7 de Noviembre. Todos los afectados, después de haber perdido todos sus contactos, sus imágenes y sus conversaciones, aseguran no haber recibido notificación o posibilidad de reclamación antes de que Facebook echara el cerrojo, al tiempo que desde la compañía insisten en que ninguna cuenta se cierra sin previo aviso.

Facebook defiende su trabajo explicando que la tarea se lleva a cabo desde el centro operativo de Irlanda, donde "un equipo de atención al cliente centraliza las reclamaciones". Sin embargo, fuentes de la red social reconocen que "dar salida y servicio a todo el mundo es muy complicado, pues los usuarios de Facebook crecen a un ritmo más acelerado que el de la compañía, y por ello no se garantiza cuándo y a qué nivel de detalle Facebook te va a atender y a explicar los motivos del cierre tu cuenta".Además, dejan ver que "cuando se trata del cierre de un contenido público o con miles de seguidores se mira más al detalle porque la gente puede creer que Facebook censura, pero cuando se trata de un perfil privado, sí se cierran más fácilmente, en muchos casos por errores técnicos del usuario".

Según explica Víctor Domingo, presidente de la Asociación de Internautas, Facebook está cerrando miles de perfiles, pero este atropello no se está plasmando en una denuncia masiva contra la red social porque los usuarios suelen dar el caso por perdido. "Se suele pensar que como esto no se paga no hay nada que reclamar, se tiende al conformismo", explica Domingo, quien reniega de esta idea y defiende que "Facebook, como proveedor de servicio, no debe ser el responsable y dueño de lo que en él se aloja, sino que tienen que ser los autores los responsables de lo que publican, para lo bueno y para lo malo" porque, tal y como esto está diseñado, "los propietarios de Facebook dictan sus propias normas, con criterios distintos a los legales y, una vez dentro de la red social, las posibilidades de litigar en su contra son prácticamente nulas".

"Lo que está haciendo Facebook —explica Domingo— es convertirse en juez y parte de la libertad de expresión, decidiendo qué es correcto, justo o ético sin que esto se dirima en un juzgado, sin ajustarse a las leyes, sino al criterio de un webmaster o a la arbitrariedad del responsable del web". Y lo peor de todo esto, aseguran desde la Asociación de Internautas, es que los usuarios tienen gran parte de culpa en este recorte de derechos, pues la mayoría acata un sistema de funcionamiento dictatorial sin plantearse siquiera qué tipo de contrato tiene con Facebook. "La gente cuelga en Facebook las fotografías de sus recién nacidos y sus planes de Navidad como si fuera su casa, y se trata en realidad de una casa ajena a la que le otorgamos fascículos de nuestra intimidad", advierte el presidente de AI.

En el mismo sentido se manifiesta Rubén Sánchez, portavoz de FACUA, que cree que la osadía de Facebook es permitirse censurar aquello que no les gusta. "Una cláusula contractual no puede centrarse en criterios de la red social, en lo que ellos consideren que es incorrecto, pues entonces estamos ante una cláusula abusiva y, por tanto, ilegal". Este hecho, explica Sánchez, debería denunciarse a las autoridades de consumo, que podrían expedientar a la empresa. "El problema está en que, claro, cualquier empresa puede decidir sus cláusulas contractuales, que son perfectamente legítimas hasta que alguien las revise" y, añade, "estoy seguro de que ninguna administración pública en España ha echado un ojo al contrato de Facebook".

La declaración de derechos y responsabilidades de Facebook reza que "eres el propietario de todo el contenido y la información que publicas en Facebook",de modo que a la compañía sólo le concedes una licencia temporal para acceder a tus contenidos, cesión que "finaliza cuando eliminas tu cuenta", aunque "puede permanecer en copias de seguridad hasta un máximo de noventa días". Lo mismo pasa cuando es Facebook quién decide eliminarte a ti. Y esta es otra de las principales quejas de los usuarios, que ven un atropello que, después de expulsarte,"se queden con tus fotos, tus escritos y tu libreta de direcciones, así como con todos los mensajes privados que hayas enviado o recibido" porque nadie sabe quién, dentro de la empresa, podrá sacar beneficio de estas cuentas archivadas.

Que Facebook guarda en sus arcas las cuentas eliminadas lo ha comprobado personalmente la escritora Lucía Etxebarría, a quien desactivaron tres perfiles de Facebook y que ha podido recuperar dos ellos después de una larga batalla. "Cuando me devolvieron la cuenta, el contenido seguía allí sin destruir" contaba Etxebarría, explicando que, si no llega a reclamar sus cuentas, hubiesen pasado a estar a disposición de Facebook.


La compañía de Zuckenberg se muestra contuntente cuando asegura que "Facebook nunca se queda con tus datos", aunque permanezcan archivados para su borrado en "un tiempo razonable". Mientras, la Asociación de Internautas recuerda que no hay forma de verificar esto, pues, "una vez te eliminan de Facebook, el usuario pierde totalmente el control y las posibilidades de reclamación o comprobación son escasas o nulas". De esta forma, jamás sabremos si "venden este material o crean una enorme biblioteca con él", insiste Domingo. Además, puntualiza Sánchez, "habría que estudiar hasta que punto Facebook está vulnerando el derecho a la información y la expresión al censurar ciertas publicaciones de esta forma y, cuando arrebate los contenidos a un usuario, la queja podría trasladarse a la Agencia Española de Protección de Datos

Hasta ahora, si el usuario decide luchar para recuperar su cuenta o sus contenidos lo hace con pocos precedentes legales, algo que va camino de cambiar, porque este pasado mes de noviembre la Comisión Europea anunció que regulará el 'derecho al olvido' en las redes sociales. Se trata de una propuesta legislativa que se presentará en 2011 y que, entre otros objetivos, pretende reforzar la protección de datos de la Unión Europea y adaptarlos a los cambios generados por las nuevas tecnologías. Con esta reforma de la legislación, anunciaba la vicepresidenta de la Comisión y responsable de Justicia, Viviane Reding, los proveedores de servicios de Internet y los buscadores tendrán que limitar la recogida de datos al mínimo necesario y deberán informar a los usuarios de forma transparente sobre quién recoge y usa sus datos y sobre cómo, con qué fines y por cuánto tiempo lo hace.

Además, las compañías estarán obligadas a garantizar la 'portabilidad de los datos', es decir, se conferirá a los clientes el derecho explícito a retirar sus datos (fotos o una lista de amigos) de una aplicación o un servicio y transferirlos a otra aplicación o servicio sin que los responsables del tratamiento puedan bloquearlo. El conjunto de medidas, en definitiva, quiere delimitar las exigencias de privacidad no sólo de Facebook, sino también de sitios como
Tuenti o Twitter, cuyos términos de uso son similares a los de la compañía de Zuckenberg.

Por el momento, al propietario de una cuenta de Facebook sólo le queda reflexionar sobre cada uno de los textos, fotos o vídeos que publica y tener copia de todo el contenido que considere de valor pues, hoy por hoy, y a la luz de terceras experiencias, no hay forma de asegurar la vida de un perfil, ni forma de recuperar su huella digital una vez muerto.

Fuente: Internautas.org

Más críticas a Facebook, en la Wikipedia.

miércoles, 17 de noviembre de 2010

El Gobierno USA busca la colaboración de Facebook para espiar a los internautas

FBIRobert S. Mueller III, director del FBI se entrevistó el pasado martes con altos ejecutivos de varias empresas de Internet para buscar su colaboración para pinchar las comunicaciones de los internautas. Entre esas empresas estaban Google y Facebook, que han reconocido las conversaciones pero han declinado pronunciarse acerca de su contenido.

Al parecer la intención del FBI es extender la ley de 1994, Communications Assistance for Law Enforcement Act, para forzar a las empresas de Internet a este tipo de colaboración, como actualmente sucede con las empresas proveedoras de acceso como Verizon o Comcast. En concreto se les exigiría que diseñasen mecanismos para facilitar la interceptación y descifrado de mensajes. Si el servidor está fuera del territorio de los EE.UU. se les obligaría a encaminar sus comunicaciones a través de un servidor ubicado en suelo estadounidense para poder ser "pinchados", lo que parece un claro intento de imponer la soberanía estadounidense sobre la Internet mundial, aparte de suponer una desventaja competitiva para las empresas del resto del mundo que operan en Internet, una especie de arancel electrónico encubierto bajo la excusa securitaria.

Un equipo de la administración Obama está trabajando en la elaboración de esta nueva legislación que sería propuesta en el Congreso estadounidense el año próximo. Algunos ministerios de la misma administración, no obstante, han mostrado reparos ante la posibilidad de que este tipo de legislación inhibiese la innovación o que sea demasiado parecida a la que usan regímenes represivos para identificar a disidentes políticos.


Fuente: The New York Times

jueves, 4 de noviembre de 2010

Fotos robadas de los perfiles sociales de adolescentes son usadas en otros webs y en libros

Leíamos recientemente en el blog de J.M. Suárez acerca de ciertos libros que se están editando a partir de fotos de adolescentes publicadas en Internet. Aunque, como dice Suárez, la mayoría «considere —acertadamente, añadimos nosotros— que la ley protege dichas imágenes y que no se pueden usar sin permiso», algunas personas se están aprovechando de lo fácil que es capturarlas, manipularlas (o no) y crear con ellas obras con las que cuales obtener promoción o incluso beneficio económico.

Desde PantallasAmigas ya hemos advertido anteriormente de que parte de las fotos de tipo erótico o sexual que adultos y menores envían a la Red, acaban formando parte de webs pornográficos, incluso de pornografía infantil.

Aunque los fotógrafos citados en el artículo de J.M. Suárez reconocen abiertamente haber usado dichas fotos sin permiso, alegando que eran anónimas y aparándose en un presunto vacío o permisividad legal («nuestra legislación es permisiva con el uso de imágenes que se encuentran libremente disponibles en la red y por ello se han podido utilizar en este proyecto»), lo cierto es que la ley es muy clara al respecto y ninguna imagen se puede usar sin permiso de la persona fotografiada y del autor de la fotografía. Cuando la persona fotografiada es menor de edad, la protección es aún mayor. Basta recordar cómo se aplicó no hace mucho y con rigor el derecho a la propia imagen de las hijas del presidente Rodríguez Zapatero. «La curiosidad que levantaron las hijas de Zapatero tras su polémica foto en la Casa Blanca llevó a asaltar sus cuentas de Tuenti, que estaban camufladas bajo otros apellidos. En unas pocas horas las imágenes de las niñas con sus amigos y los comentarios personales de Laura y Alba plagaron blogs y páginas en internet. Hoy ya no queda rastro de aquello. Se borró.», informaba Ester Requena en El Comercio Digital.

Aunque las redes sociales online sean un entorno relativamente nuevo, en la utilización de imágenes y comentarios sacados de estas plataformas la ley es contundente: «Nadie puede utilizar datos personales de un tercero sin su consentimiento», advierten desde la Agencia de Protección de Datos. Y la imagen es un dato personal. Excusas como que el perfil es público no sirven. «Que tu muro lo pueda curiosear cualquiera no significa que la gente pueda hacer uso de tus fotos o noticias. Es lo mismo que si un día te dejas la puerta de tu casa abierta, eso no es óbice para que la gente se lleve lo que quiera», explica Javier Cremades, especialista en Derecho de las Nuevas Tecnologías.

Cualquier menor (o sus padres) que vea una foto suya difundida sin permiso en lugares donde no la ha publicado voluntariamente el propio menor, podría denunciar al responsable por una intromisión ilegítima en el derecho a la imagen. La Agencia Española de Protección de Datos tramitó una treintena de denuncias por motivos similares en 2009, sin contar las que se presentan directamente ante los cuerpos y fuerzas de seguridad estatales. Por otro lado, al haber sido no sólo el protagonista de la foto sino también su autor o autora, podría reclamarse también por infracción de la propiedad intectual sobre la foto.

Aparte del debate acerca de la legalidad o no de estas obras, es necesario recordar que es un riesgo para la privacidad que surge en el preciso momento en que se generan dichas imágenes. Precisamente en 2010 el Día Internacional de la Internet Segura ha estado dedicado a la gestión de fotos en la WWW bajo el slogan 'Piénsalo antes'. Todo menor -y sus padres- debe tener en cuenta que producir, (re)enviar y publicar fotos de sexting significa perder totalmente y para siempre el control sobre dónde y cuándo aparecerán esas imágenes. Podrán ser usadas en un libro artístico, vendidas en un web porno o usadas para realizar ciberbullying o incluso grooming sobre el/la menor autorretratado/a.

Aprende a cuidar tus datos personales con Reda & NetoPantallasAmigas ha creado diversos materiales online para educar y concienciar sobre la necesidad de cuidar los datos personales en la Red, entre ellos RedaYNeto, con dibujos animados para los internautas más pequeños. En Privacidad-online.net también se recopilan consejos y datos de utilidad para pequeños y grandes.

Guía e-Legales, para la gente legal de InternetEn la Guía e-Legales, escrita por Jorge Flores Sigue al director de PantallasAmigas en Twitter y Ofelia Tejerina, se advierte muy claramente:

Los datos de carácter personal están protegidos por la Constitución, de forma que no se permite que sean utilizados si no es con el consentimiento informado de su titular y para unos fines concretos. (...) La sanción es de prisión de uno a cuatro años y multa económica de doce a veinticuatro meses. Difundir, revelar o ceder a terceros esos datos (por ejemplo, publicándolos en Internet) acarrearía una pena de prisión de dos a cinco años.

La imagen es, si cabe, el dato personal más completo. (...) Cuando se trata de menores, la Ley es más severa (impone fuertes sanciones económicas e indemnizaciones por los perjuicios causados) y añade especial protección prohibiendo “la difusión de información o la utilización de imágenes o nombre en los medios de comunicación” cuando ello “pueda implicar menoscabo de su honra o reputación, o que sea contraria a sus intereses”, y esto “incluso si consta el consentimiento del menor o de sus representantes legales”. En este sentido, podemos deducir que la difusión de imágenes de un menor en Internet puede significar una grave infracción legal.




Fuentes: JMSuarez.es, El Comercio Digital, Ofelia Tejerina, Carlos Sánchez Almeida y elaboración propia.

jueves, 30 de septiembre de 2010

EE.UU. interceptará comunicaciones de las redes sociales "para proteger el orden público y otros propósitos"

El Gobierno de Estados Unidos prepara una nueva legislación para espiar las comunicaciones a través de redes sociales como Facebook o Twitter, comunicaciones encriptadas como las de los teléfonos Blackberry, sistemas de voz IP como Skype y archivos P2P. El motivo es que hasta ahora a este tipo de empresas no se aplicaba la obligación de adaptar sus servidores para permitir el espionaje por parte de las agencias del Gobierno, algo que sí se exige a compañías de telefonía y a empresas proveedoras de conexión a Internet según la Ley para la Asistencia de las Comunicaciones en el Orden Público, aprobada por la administracion Clinton.

La excusa del gobierno estadounidense es que supuestamente hay un mayor número de terroristas que usan redes sociales de Internet y dispositivos que permiten cifrar mensajes para coordinar sus ataques.

El objetivo de la anterior ley era la "intercepción de comunicaciones cuando se deba mantener el orden público y otros propósitos". En 2004 el FBI y otras agencias de seguridad consiguieron ampliar los tipos de espionaje de las comunicaciones telefónicas a Internet.

Dada la creciente relevancia de las nuevas redes (Facebook tiene 500 millones de usuarios), el Gobierno de EE.UU. quiere tener la capacidad de espiar también ese tipo de comunicaciones.

Estados Unidos se unirá así a países como Arabia Saudí, Emiratos Árabes Unidos e India, que el pasado verano le pidieron a Research in Motion, fabricante de BlackBerry, que les permitiera acceder a sus servidores por motivos de seguridad nacional. El gobierno de Nueva Delhi alegó que los atentados terroristas de 2008 en Bombay habían sido coordinados usando este tipo de dispositivos.

Las organizaciones de defensa de los derechos civiles, como Electronic Frontier Foundation, ya han presentado numerosas demandas en los tribunales por estas leyes de espionaje. En este caso, consideran que es especialmente grave el intento de interceptar las comunicaciones cifradas.

"En los últimos 10 años, aun cuando el gobierno ha tratado de ampliar enormemente sus poderes de vigilancia, nunca ha intentado prohibir el desarrollo y la implantación de los sistemas de cifrado de comunicaciones. Ahora asume ese intento, siguiendo los pasos de regímenes como el de Emiratos Árabes Unidos, que recientemente ha dicho que algunas herramientas de privacidad son demasiado seguras y han de mantenerse fuera de las manos de civiles", explica Setch Schoen, analista en tecnología de esa organización.

Fuente: El País

jueves, 3 de junio de 2010

Policías chilenos se inflitrarán en redes como Fotolog para encontrar pederastas

Tras dos años de tramitación el proyecto de ley presentado por el diputado Patricio Walker para perseguir el acoso sexual en Internet entregará en vigor en Julio.

Según el proyecto de ley si el/la menor contactado con fines sexuales es menor de 15 años será considerado delito en cualquier caso. Cuando tenga entre 14 y 18 años, se considerará delito (con una pena máxima de cinco años de cárcel) si ha habido fuerza, intimidación, engaño o relación de dependencia.

Según el ahora senador Patricio Walker "hay muchos padres que no saben lo que hacen sus hijos en los computadores. Chile lidera los índices de fotolog, hay menores que ponen fotos con alguna insinuación erótica o sexual y eso provoca que inmediatamente los pedófilos traten de contactarse con esos menores".

La iniciativa legislativa confiere a la policía la capacidad de interceptar las comunicaciones y de usar agentes encubiertos, previa autorización judicial.

Fuente: Cooperativa.cl

lunes, 3 de mayo de 2010

Críticas a Facebook por su nueva política de privacidad

Chris Kelly, quien fuera hasta el año pasado responsable del departamento de privacidad en Facebook y actual candidato a fiscal general del Estado norteamericano de California, ha criticado duramente las prácticas de su antigua empresa con respecto a la privacidad de los usuarios.

Según Kelly, Facebook no debería inscribir automáticamente a sus usuarios en servicios de terceros, con los cuales comparte información. Ha asegurado que si resulta elegido, hará que la empresa cumpla las leyes sobre privacidad y dé a sus usuarios completo control sobre sus datos personales, pidiendo permiso antes de compartir sus datos con terceros. Si la empresa no lo hace, advierte de que iniciará un proceso contra Facebook, advertencia que hace extensiva a otras redes sociales online.

Kelly aseguró también que estos cambios en la política de privacidad de la empresa (p.ej. la denominada personalización instantánea) se pusieron en práctica después de que él dejase de trabajar para ellos.

Las críticas de Kelly se vienen a sumar a las expresadas recientemente por varios senadores estadounidenses, y que han llegado al organismo regulador federal FTC.

Fuente: Gigaom

jueves, 15 de abril de 2010

Los problemas para darse baja legalmente de Facebook

¿Es fácil darse de baja en la red social más famosa del mundo? ¿Te dan realmente de baja? ¿Qué sucede si alguien anima a otros a darse de baja?

La Revista Consumer arroja alguna luz sobre estas cuestiones, cada vez más relevantes a medida que comunidades virtuales como Facebook se van haciendo con más y más usuarios. Pasamos a comentar su artículo:

En Facebook, en el apartado "Configuración de la cuenta", se puede desactivar el perfil del usuario en esta red. El sitio pregunta la razón por la que el usuario se quiere desapuntar y proporciona varias respuestas predefinidas, además de una opción que permite explicar el motivo si no se corresponde con ninguno de los citados.


Parece de dudosa legalidad que obliguen a dar explicaciones acerca del motivo de la baja (¡el campo de motivo es obligatorio!):


Razón de la desactivación: (obligatorio)

  • Tengo una duda acerca de la privacidad.

  • Esto es temporal. Volveré.

  • Me paso demasiado tiempo utilizando Facebook.

  • No sé cómo utilizar Facebook.

  • Tengo otra cuenta en Facebook.

  • Recibo demasiados mensajes de correo electrónico, invitaciones y solicitudes de Facebook.

  • No creo que Facebook sea útil.

  • No me siento seguro en Facebook.

  • Otros




Si seleccionas cualquier otra opción excepto la de otros, te aparecerá un mensaje tratando de convencerte de que esa razón no es suficiente para dejar Facebook.

Por si fuera poco, la página de Desactivar cuenta comienza con algo que podría rozar la coacción o cuando menos el chantaje emocional:


¿Estás seguro(a) de que quieres desactivar tu cuenta?
Tus N amigos ya no podrán mantenerse en contacto contigo.

Fulanita te echará de menos / Enviar un mensaje a Fulanita
Menganito te echará de menos / Enviar un mensaje a Menganito


Que tus amigos no pueda ponerse en contacto contigo fuera de Facebook es simple y llanamente una mentira, con la que buscan retener al usuario o usuaria. ¿Acaso no existe el correo electrónico? ¿Acaso no existen otras redes sociales online, servicios de mensajería instantánea, chats..? ¿Acaso no existe el mundo real?

Pero sigamos con el análisis de Consumer:


La eliminación del perfil no es completa, ya que el usuario recibirá todavía correos electrónicos, invitaciones a eventos o avisos de etiquetados en las fotografías, a menos que marque la casilla para desactivar también la recepción de mensajes.

De la misma manera, a partir de la desactivación, ningún otro miembro de la red podrá acceder a la información que albergaba el usuario ni le encontrará en las búsquedas, si bien Facebook almacena durante un tiempo copias de seguridad de todos los perfiles que se han creado en su sitio.

Pese a todo, la desactivación de una cuenta en Facebook es reversible. Se puede volver a activar con la misma configuración anterior. Para ello, sólo se debe acceder a la red con el nombre de usuario y contraseña. A continuación, Facebook enviará un correo electrónico para confirmar la reactivación y las instrucciones para llevarla a cabo.


Es decir, incumplen el deber de cancelar los datos personales cuando se les pide expresamente que borren la cuenta. En realidad desactivas la cuenta pero no la borras, no la cancelas: tus datos siguen ahí, en sus ficheros, contraviniendo muy probablemente la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales española.

En la segunda parte del artículo se mencionan proyectos como el neerlandés Suicide Machine y el italiano Seppukoo (proyecto de Les Liens Invisibles) que como actos de denuncia de la adicción a Internet y en concreto a las redes sociales, promueven la liberación de los usuarios, facilitando de una manera irónica un suicidio virtual asistido, para desaparecer de esos mundos virtuales adictivos y recuperar la vida social real.


El sitio holandés Suicide Machine permite desconectarse al mismo tiempo de algunas de las redes sociales más populares, como MySpace, Twitter y LinkedIn. Su intención es que los usuarios se conciencien de que ellos deberían tener el control de sus datos y no las empresas.

Además, en Suicide Machine se crea una página en la que se refleja y se deja constancia de que el usuario ha querido abandonar esas redes sociales y se le da la oportunidad de escribir sus últimas palabras, a modo de epitafio virtual, junto con la fotografía de perfil que tuviera en la red social.

Desde el pasado mes de enero, Facebook ha bloqueado este sitio con el argumento de que incumplía sus términos de uso y ha borrado el perfil de esta empresa. La red social creada por Mark Zuckerberg también impidió el funcionamiento de un sitio similar, denominado Seppukoo. En él se puede encontrar una clasificación de las personas que optaron por eliminar su cuenta a través de este sistema y consiguieron que otros contactos les siguieran, con enlaces a sus páginas de despedida.

(...)

Si una red social considera que un comportamiento contraviene a sus políticas de uso, como facilitar el proceso de darse de baja, se arroga también el derecho a borrar cualquier rastro de la persona o empresa que haya iniciado el movimiento, sin posibilidad de replica porque todas las relaciones se originan en sus servidores y con sus reglas.


Es decir, Facebook no se preocupa por cumplir la legislación que protege los datos de los internautas pero sí por evitar que alguien facilite la cancelación de esos datos.

De hecho Facebook amenazó en diciembre pasado por medio de un bufete de abogados estadounidense a los artistas italianos responsables de Seppukoo mediante una carta con emprender acciones legales contra ellos, a lo cual han respondido que borrarán los datos de los ex-usuarios de Facebook que se han cibersuicidado mediante su servicio si son los usuarios quienes se lo piden, no Facebook, ya que dichos datos, así como las relaciones de amistad de los usuarios les pertenecen sólo a dichas personas y no a Facebook. Explican así mismo que la solicitud de Facebook es una violación de la libertad y privacidad de dichas personas que voluntariamente han dado su nombre y contraseña para borrarse de Facebook. Además las acusaciones de incumplir los términos de uso que lanza Facebook contra Suicide Machine y contra Seppukoo no tienen fundamento alguno al no estar ellos vinculados contractualmente con dicha empresa, sino los usuarios.

Por contra, otras redes como Tuenti o Twitter, proceden a borrar los datos de sus usuarios de manera mucho más conforme con la legalidad, según señala la revista en su artículo.

Fuente: Consumer, Seppukoo y elaboración propia.

viernes, 5 de febrero de 2010

Acosan tras la muerte a una chica que se suicidó tras sufrir ciberbullying

Phoebe Prince, una joven irlandesa de 15 años recientemente emigrada a Massachusetts, se suicidó hace dos semanas tras haber sufrido bullying por Internet en forma de mensajes e emails. Al parecer en alguno de esos mensajes se la inducía expresamente a ahorcarse, algo que finalmente hizo. Según la experta Parry Aftab el ciberbullying es equiparable a la tortura para los menores: Los abusones del patio te pegan y luego te vas a casa, explica. Pero los ciberabusones te pegan en tu casa, en la casa de tus abuelos... en cualquier lugar donde estés conectado/a a la tecnología.

Según los datos de Aftab, la mayoría de quienes ciberabusan responden al arquetipo de chicas malas, que acosan a otras adolescentes por medio de emails y redes sociales. Una pista sobre un posible ciberbullying la da precisamente un cambio repentino de actitud hacia la tecnología en menores que habitualmente son entusiastas de los juegos online, Facebook, etc.

El mejor consejo en esos casos, según Aftab, es parar (de leer los mensajes insultantes), bloquear (al abusón) y contar (lo que sucede a los padres u otros adultos que puedan ayudar).

En la actualidad 42 Estados de los EEUU tienen algún tipo de medida anti-bullying, 23 de ellos legislaciones específicas. Pero Massachusetts no es uno de ellos.

El caso de Phoebe recoge muestras de especial crueldad, pues el incesante acoso que padeció en vida ha continuado incluso en una página de recuerdo que se le ha hecho en Facebook donde los administradores han tenido que borrar mensajes insultantes que continuaban llegando.

Fuente: ABC

Tuenti se enfrenta a Facebook por competencia desleal al eludir las leyes europeas

“Facebook no instala una sede administrativa en España para así hacer con los datos de los españoles lo que les salga de la peineta” afirmó la abogada Paloma Llaneza en las jornadas La Ley e Internet, celebradas en el Colegio de Abogados de Madrid.

La gestión de los datos de carácter personal y el cumplimiento con el reglamento europeo de protección de datos supone un coste humano y tecnológico que se debe hacer en coordinación con la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Pero la red social online Facebook trabaja desde su sede principal en EEUU, y las leyes de otros países no le afectan. Tomar medidas judiciales contra una empresa que está tan lejos supondría elevados costes para la administración y más para un/a particular.

Facebook estrenó sede comercial en España hace unas pocas semanas pero, según no tienen intención de trasladar ningún tipo de equipo humano o administración que los obligue a cumplir con las leyes españolas y europeas.

La red social española Tuenti pide honestidad a Facebook, porque aunque estén en Mountain View, están haciendo negocio con usuarios españoles.

Así, mientras Tuenti invierte esfuerzos en una de sus asignaturas más complicadas (los menores de 14 años), Facebook nada dice sobre este asunto. Así, los niños españoles acceden a Facebook sin problema.

Otro de los puntos de fricción entre Facebook y la normativa europea, está en la configuración por omisión de las cuentas. La normativa obliga a establecer una privacidad máxima desde el principio, para que sea el usuario o usuaria quien decida después si quiere que su perfil sea público y fácilmente accesible. Sin embargo, Facebook establece todos los perfiles como públicos, y son los usuarios los que deben a posteriori configurar su privacidad.

Para Llaneza la solución es simple: “que se corte el acceso a todos los webs que se gestionen desde fuera de nuestras fronteras hasta que cumplan con el reglamento y las normas jurídicas vigentes en la Unión Europea”.

Fuente: El Confidencial

miércoles, 20 de mayo de 2009

Google entrega datos de miles de sospechosos de pederastia alojados en su red social Orkut

El diputado brasileño Magno Malta anunció hoy que propondrá al Congreso de su país una ley que establezca penas de reclusión perpetua para quienes abusen sexualmente de menores. Malta preside una comisión parlamentaria que investiga casos de pederastia a través de internet y dijo que está convencido de que es necesaria "una ley de excepción, que se imponga durante 15 ó 20 años", a fin de acorralar definitivamente a quienes abusan de los menores.

En su opinión, por falta de leyes claras sobre el asunto, incluso en relación al uso de la internet, Brasil se ha convertido "en un paraíso para los pederastas".

Malta recordó que, esta misma semana, veinte personas fueron detenidas por utilizar redes sociales en internet para distribuir pornografía infantil.

Los detenidos figuran entre los titulares de 3.261 perfiles alojados en la comunidad Orkut, propiedad de Google, que son investigados por denuncias de pederastia a través de la internet.

Según la organización gubernamental SaferNet, dedicada a recoger denuncias sobre pederastia en la internet, en comunidades virtuales hay más de 100.000 páginas con contenidos pederastas y en su mayoría están alojadas en Orkut, que en Brasil tiene cerca de 27 millones de usuarios.

Los representantes de la empresa Google en el país han colaborado con la investigación parlamentaria y han entregado a las autoridades los datos de 3.261 usuarios considerados sospechosos de pederastia, algunos radicados en Brasil y otros en el extranjero.

Fuente: Qué